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Para  su  regulación,  los  sindicatos  de  trabajadores  en  empresas




       privadas, cuentan con la LFT, sus estatutos y acuerdos sindicales; Los




       Sindicatos  del  gremio  burocrático,  cuentan  con  la  Ley  Federal  de



       Trabajadores al Servicio del Estado (llamada Ley Burocrática); existe la




       rama  del  Derecho  Laboral  Burocrático,  que  rige  las  relaciones  entre




       Estado  y  sus  trabajadores.  Al  conformarse,  los  sindicatos,  adquieren




       calidad  de  persona  moral  y  no  necesitan  autorización  previa  para




       conformarse,  no  obstante,  deben  cubrir  una  serie  de  requisitos  y




       formalismos  legales  que  les  dan  sustento  en  su  constitución  y




       capacidades legales.






















































       La  reforma  laboral  de  2019,  supone  oportunidades  y  retos  para  la




       democratización  de  los  sindicatos  en  general,  la  transición  hacia  una




       nueva  justicia  laboral  con  base  a  tribunales  y  el  camino  a  un  trabajo




       más digno y decente, como lo promueve la OIT. Cabe hacer mención




       que,  como  todo  grupo  de  poder,  los  sindicatos,  en  especial  los  del




       ámbito  burocrático,  suelen  formar  “corporativismos  políticos”  que,




       fungen  como  sistema  de  dominación  sobre  los  grupos  sociales,



       ostentando  un  papel  decisivo  como  “mediadores”  entre  clases




       dominantes y dominadas (empleadores y empleados), en cuanto a la




       obtención  de  derechos  que,  por  ley  y  sin  tal  mediación,  deben  ser




       garantes a los trabajadores.
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