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Para su regulación, los sindicatos de trabajadores en empresas
privadas, cuentan con la LFT, sus estatutos y acuerdos sindicales; Los
Sindicatos del gremio burocrático, cuentan con la Ley Federal de
Trabajadores al Servicio del Estado (llamada Ley Burocrática); existe la
rama del Derecho Laboral Burocrático, que rige las relaciones entre
Estado y sus trabajadores. Al conformarse, los sindicatos, adquieren
calidad de persona moral y no necesitan autorización previa para
conformarse, no obstante, deben cubrir una serie de requisitos y
formalismos legales que les dan sustento en su constitución y
capacidades legales.
La reforma laboral de 2019, supone oportunidades y retos para la
democratización de los sindicatos en general, la transición hacia una
nueva justicia laboral con base a tribunales y el camino a un trabajo
más digno y decente, como lo promueve la OIT. Cabe hacer mención
que, como todo grupo de poder, los sindicatos, en especial los del
ámbito burocrático, suelen formar “corporativismos políticos” que,
fungen como sistema de dominación sobre los grupos sociales,
ostentando un papel decisivo como “mediadores” entre clases
dominantes y dominadas (empleadores y empleados), en cuanto a la
obtención de derechos que, por ley y sin tal mediación, deben ser
garantes a los trabajadores.