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Si el Estado, permitió la creación de los sindicatos, para que velaran por




       las  garantías  a  los  derechos  del  trabajador,  se  deduce  que,  tales




       organizaciones, se encuentran supeditados a lo normado por el Estado,



       en cuanto a seguridad social, en tanto no, se organicen como “unidad




       de resistencia” y trabajen acorde a sus objetivos iniciales de creación,




       las  mejoras  a  las  garantías  de  los  derechos  sociales,  seguirán  siendo




       “concesiones  graciosas”,  por  parte  del  Estado  y  los  sindicatos,  un




       instrumento más de control y vigilancia.




























































       Hasta  que  grado  los  sindicatos,  se  encuentran  constituidos  para  la




       defensa  de  las  garantías  de  los  derechos  sociales  del  trabajador;




       actualmente, tienen más actividad en lo político que en sus objetivos




       de  creación  y  no  son  pocos  los  casos  en  que  se  escucha  que  tales




       organizaciones, al interior de las empresas, no hacen mucho en pro de




       las  garantías  a  los  derechos  del  trabajador.  Cabe  aquí  un  nuevo



       cuestionamiento  ¿Para  quién  o  quiénes,  trabajan  realmente  los




       sindicatos?  Inicialmente,  tras  varias  revueltas  de  obreros,  en  defensa




       de  sus  derechos  laborales,  se  crearon  los  sindicatos,  por  lideres,




       emergidos  dentro  del  mismo  sistema  obrero  que,  mediante  diversos




       mecanismos,  lograron  constituirse  legalmente;  el  Estado,  ante  la




       inminencia  de  tales  revueltas,  permitió  y  regulo  tales  asociaciones,




       cuyo  objetivo  era  velar  por  las  garantías  a  los  derechos  recién




       adquiridos. ¿En qué momento, se fue perdiendo el objetivo inicial de su




       creación?
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