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De los Capitales Constitutivos
- Proceden según los artículos 77 y 88 de la LSS.
- Se inician al detectar derechos de las PTH y omisiones en la inscripción o
modificación de salario.
- Casos comunes incluyen omisión de inscripción, inscripción con salario
inferior, presentación tardía de avisos afiliatorios, y en situaciones de
enfermedades o maternidad.
Inscripciones Improcedentes
- Al detectar una inscripción improcedente, se ejercerán las facultades de
comprobación para determinar la improcedencia.
- Si se confirma la improcedencia, se iniciará una investigación por posible
defraudación fiscal.
Estos lineamientos aseguran que las PTH puedan denunciar irregularidades y
que se fiscalice el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social por
parte de sus empleadores.
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L.C., L.D., M.D.F. Joab García Coria